VECINOS DE LA ZONA SAN ANTONINO DE LA CIUDAD DE TRINIDAD, PEDIMOS
EL TRASLADO DE LA PLANTA ENGARRAFADORA
DE Y.P.F.B.
Todos los vecinos que vivimos, en la zona San Antonio de la
ciudad de Trinidad-Beni, estamos plenamente de acuerdo en que la planta de
Yacimiento Petrolíferos Fiscales de Bolivia, debería ser trasladada a otro lugar
por ………, como ha pasado en otras ciudades del país.
Sin embargo se ha realizado la debida solicitud e esta instancia
y hasta ahora no se ha dado respuesta a esta solicitud.
Pedimos el pronunciamiento de las instituciones que protegen
los derechos humanos como el medio ambiente, ya que la presencia de la planta
engarrafadora de Y.P.F.B. , es un peligro para los vecinos de la zona.
Al respecto se requiere que la Alcaldía dote de nuevas aéreas
para la reubicación respectiva y la construcción de una nueva planta.
Ya que además se vienen vulnerando muchas garantías constitucionales al
atentar como la salud de las personas así como otras normas que están vigentes
al respecto. Estamos hablando de medio ambiente, riesgos, seguridad ciudadana y otras.
Al respecto me he permito extraer partes importantes de estas que
refieren:
Es deber del
Estado y la sociedad, garantizar el derecho que tiene toda persona y ser
viviente a disfrutar de un ambiente sano y agradable en el desarrollo y
ejercicio de sus actividades.
Son
objetivos del control de la calidad ambiental:
Prevenir, controlar, restringir
y evitar actividades que conlleven efectos nocivos o peligrosos para la salud
y/o deterioren el medio ambiente y los recursos naturales.
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Normas
y orientar las actividades del Estado y la Sociedad en lo referente a la
protección del medio ambiente y al aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales, a objeto de garantizar la satisfacción de las necesidades de la
presente y futuras generaciones.
La importancia del medio ambiente en la Ley de Hidrocarburos actual, tiene un carácter principal y una validez general. El aprovechamiento de los hidrocarburos, dice el artículo 9, deberá promover el desarrollo integral, sustentable y equitativo del país. El término sustentable se define como el desarrollo equilibrado con el medio ambiente, resguardando los derechos de los pueblos, velando por su bienestar y preservando sus culturas.
El proyecto de ley, en cambio, limita la importancia del medio ambiente solo al desarrollo de reservas. Además se ha excluido el artículo 136, de la ley actual, que establecía que los gobiernos municipales, dentro su jurisdicción y competencia, estarán facultados a proponer y aplicar Reglamentos Ambientales Específicos, para preservar su patrimonio ambiental en relación a la actividad hidrocarburífera. Este artículo abría campo a la posibilidad de una mayor sensibilidad de las autoridades locales para proteger su medio ambiente.
EL EVITAR UN PELIGRO ES TAREA DE TODOS.
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Por: Mirna Vásquez Noza |